Requisitos para uso de suelo
- Completar las secciones denominadas: Datos de la propiedad, Uso de Suelo y Solicitante, que se encuentra en el formulario adjunto.
- Presentar una fotocopia del Plano Catastrado, sin reducir.
- Estar al día con las cuotas obrero patronal de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y con los pagos municipales.
Requisitos para permiso de movimiento de tierra
- Completar las secciones denomindas: Datos de la propiedad, Movimiento de Tierra y Solicitante, que se encuentra en el formulario adjunto.
- Dos copias del Plano Catastrado Visado.
- Certificación literal del Registro Público Nacional (no más de un mes de extendida).
- Estar al día con las cuotas obrero patronal de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y con los pagos municipales.
- Croquis elaborado por un topográfo indicando: perfiles, curvas de nivel, metros cúbicos (m3) a mover y destino de material sobrante.
Requisitos para permiso de construcción
- Completar las secciones denominadas: Datos de la propiedad, Permiso de Construcción y Solicitante, que se encuentra en el formulario adjunto.
- Escribir el número de Uso de Suelo de la propiedad en el formulario o presentar fotocopia de dicho uso de suelo.
- Mínimo dos juegos de los planos de construcción aprobados por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA) o croquis (si la obra es menor a 30 m3)
- Si el plano de construccción no está a nombre del propietario, presentar carta de autorización autenticada por notario.
- Si la propiedad está inscrita en derechos, debe presentar una carta de autorización autenticada por notario de los copropietarios.
- Si el dueño de la propiedad o el solicitante del permiso es una Sociedad, presentar una personería jurídica vigente.
- Tres fotocopias del Plano Catastrado Visado.
- Certificación literal del Registro Público Nacional (no más de un mes de extendida).
- Si la construcción es de interés social, presentar declaratoria.
- Carta que haga constar que se les brindará el servicio eléctrico.
- Visto bueno del Acueducto Rural o Municipal que indique se le brindará el servicio de agua potable o copia del último recibo.
- Nota de Póliza de Riesgo del Trabajo del Instituto Nacional de Seguros (INS).
- Estar al día con las cuotas obrero patronal de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) y con los pagos municipales.
- Si la construcción es a orilla de carretera Nacional debe presentar alineamiento vial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
- Si la propiedad colinda con ríos o quebradas, se debe de solicitar el alineamiento del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU).
- Presentar la viabilidad de Setena (de ser requerido).
- Presentar visto bueno del Ministerio de Salud (de ser requerido, solicitar Resolución Municipal)
NOTA IMPORTANTE: Los requisitos para el permiso de construcción para las construcciones menores a 30 m2 son: 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 11, 12 y 13. |
Requisitos para apertura de servidumbre
- Croquis del fraccionamiento, respaldado por un topógrafo.
- El croquis debe indicar a escala los siguientes parámetros técnicos:
- Distribución total de los lotes.
- Área de cada lote (Frente y Fondo)
- Ancho de servidumbre
- Longitud total de la servidumbre.
- Previsión vial de las calles públicas aledañas
- Recomendaciones:
- Pavimento de lastre compactado. El lastre debe poseer un espesor no menor a 20 cm y compactarse al 90% del Proctor Modificado, en capas de 10 cm.
- Construir los sistemas de evacuación de aguas pluviales, mediante cunetas chorreadas en sitio o prefabricadas. (Para efectos de presentación de planos constructivos en esta Dirección de Desarrollo Urbano dede de indicarse la existencia del sistema de evacuación a desfogue existente o contar con el visto bueno de los colidantes para realizar el desfogue de estas aguas).
REQUISITOS PARA SEGREGACIONES (APLICACIÓN LA LEY CAP. II FRACCIONAMIENTO, REGLAMENTO PARA EL CONTROL NACIONAL DE FRACCIONAMENTO Y URBANIZACIONES)
- Construcción de acera de 0.9 m de ancho (mínimo) a lo largo de la servidumbre, de igual forma, cuando se fraccionen lotes en ambos lados de dicho acceso.
- Disponibilidad de los servicios de agua potable y electricidad, indicando la cantidad de lotes a segregar.
- Por cada lote adicional, debe agregar un metro de ancho a la vía de acceso para un máximo de 6 lotes.
- Viabilidad ambiental (en caso de requerirlo)
- Las servidumbres con pendiente de más del 20%, requerirán de análisis previo a su aprobación.
- En caso de que por topografía se debe utilizar una o varias propiedades colindantes para disponer las aguas pluviales, debe presentarse la autorización por parte del o los colindantes, mediante una declaración jurada autenticada por un notario público, en donde aceptan el paso de aguas por su propiedad.
- Si las aguas pluviales son evacuadas mediante una calle pública existente, debe presentarse la memoria de cálculo de aguas a tributar al sistema, esto para gatantizar que las propiedades localizadas aguas abajo no serán afectadas. En caso de requerir realizar mejoras al alcantarillado existente se debe coordinar con el Departamento de Gestión Vial de la Municipalidad, en caso de calles cantonales y con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en el caso de rutas nacionales.
Actualizado: 05 de noviembre del 2020 - 10:26 am, Admin